Micelio

Artículo 8

Decreto 228 de 1958 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre organización de oficinas para transportes y tránsito

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Toda reorganización de las Direcciones e Inspecciones de Transportes y Tránsito, a que dé lugar el presente Decreto, será hecha previo concepto favorable de la Superintendencia Nacional de Transportes o de la entidad que haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 228 de 1958