Micelio

Artículo 8

Fichas De Datos De Seguridad (Fds)

Decreto 1496 de 2018 · Por el cual se adopta el Sistema Globalmente Armonizado de ClasificaciÃ?³n y Etiquetado de Productos QuÃ?­micos y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad quÃ?­mica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD (FDS). E l fabricante y/o importador deberá elaborar la Ficha de Datos de Seguridad de acuerdo a lo definido en el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA); así mismo, deben garantizar a la autoridad competente el acceso al soporte técnico y científico utilizado para su elaboración. El fabricante, importador y/o comercializador, deben suministrar a los empleadores o trabajadores que utilicen o comercialicen productos químicos las Fichas de Datos de Seguridad y serán responsables por la calidad de la información de dicha Ficha.

Parágrafo

Los Ministerios del Trabajo, de Salud y Protección Social, de Agricultura y Desarrollo y Rural y de Transporte podrán definir lineamientos particulares para la elaboración de las fichas de datos de seguridad dentro de sus competencias establecidas en los artículos 18 a 21 del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1496 de 2018