Micelio

Artículo 369

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Titulares de la acción de hábeas corpus. La acción de hábeas corpus podrá ser ejercida directamente por el afectado con la privación ilegal de libertad o por medio de su apoderado, el Procurador General de la Nación, por si o por medio de sus Agentes, o por cualquier persona interesada en la libertad del afectado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 181 de 1981