Artículo tercero. Esté Decreto regirá con anterioridad al 1° de enero de 1949. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1089 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1089 de 1949 · Por el cual se reorganiza la Sección de Sanidad del Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla y Obras de Bocas de Ceniza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.