Micelio

Artículo 2

El Empleado Que; De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Decreto Ejecutivo Número 1725 De 1915, Desempeñe El Puesto De Secretario De La Caja De Auxilios De Correos Y Telégrafos, Tendrá Un Sobresueldo Menusal De Treinta Pesos, De Los Fondos De La Misma Caja

Decreto 669 de 1925 · Por el cual se dictan algunas disposiciones reorgánicas de la Caja de Auxilios de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El empleado que; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo número 1725 de 1915, desempeñe el puesto de Secretario de la Caja de Auxilios de Correos y Telégrafos, tendrá un sobresueldo menusal de treinta pesos, de los fondos de la misma Caja.

Parágrafo

Reconócese este sobresueldo al actual Secretario, el Oficial Mayor o Subjefe de la Sección de personal del Ministerio, desde el 17, inclusive, del mes de febrero del corriente año, en adelante, fecha desde la cual viene prestando legalmente sus servicios. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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