Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
La organización de la División de Tesorería contemplada en este Decreto, se hará por etapas. Inicialmente se proveerán los cargos del Jefe de la Oficina de Coordinación Ejecutiva y de los Jefes de las Secciones de Contabilidad y Caja. La organización se completará gradualmente con la colaboración del personal descrito, con la asesoría del departamento Administrativo del Servicio Civil, previo concepto favorable de la Secretaria de Organización e Inspección de la Administración Pública, y de conformidad con las normas del presente Decreto.