Son funciones de la Sección de Arquitectura de Entidades Asistenciales
Responder ante el Jefe de la División de Asistencia Pública por el cumplimiento de sus funciones:
Dar normas y fijar requisitos mínimos para la construcción de hospitales, centros y puestos de salud y entidades de asistencia en general;
Revisar y aprobar los planos para la construcción o modificación de las obras a que se refiere el ordinal anterior; dentro de los límites que establezcan por resolución ministerial.
Cuidar por intermedio de la Sección de Coordinación Ejecutiva que la construcción o modificación de las mismas se ajusten a los planos aprobados. X- De La Rama Administrativa .