° Un busto de bronce costeado con fondos del tesoro Público se erigirá en Quibdó, y sendos retratos al óleo se colocaran en las Gobernaciones del Cauca y Valle del Cauca, y en una de las Salas de la honorable Corte Suprema de Justicia.
Decreto 14 de 1935 →Vigente
Artículo 2
Un Busto De Bronce Costeado Con Fondos Del Tesoro Público Se Erigirá En Quibdó, Y Sendos Retratos Al Óleo Se Colocaran En Las Gobernaciones Del Cauca Y Valle Del Cauca, Y En Una De Las Salas De La Honorable Corte Suprema De Justicia
Decreto 14 de 1935 · POR EL CUAL SE HACE UN CONTRACRÉDITO Y SE ABRE UN CRÉDITO A LOS PRESUPUESTOS EXTRAORDINARIOS DE LA DEFENSA NACIONAL
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.