Creación de empleos. Crear en la Planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia - PNNC los siguientes empleos: No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 (Un) Asesor 1020 11 PLANTA GLOBAL 35 (Treinta y Cinco) Jefe de Área Protegida 2025 21 2(Dos) Profesional Especializado 2028 16 2(Dos) Profesional Especializado 2028 15 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 14 22 (Veintidós) Profesional Especializado 2028 13 6 (Seis) Profesional Universitario 2044 11 30 (Treinta) Técnico Administrativo 3124 13 80 (Ochenta) Operario Calificado 4169 13 4 (Cuatro) Conductor Mecánico 4103 13
El Director General de la Unidad, distribuirá los empleos de la planta global de acuerdo a las necesidades del servicio e incorporará directamente a la planta de personal a los servidores cuyos empleos fueron suprimidos en el artículo primero y creados en el presente artículo con la misma denominación, pero con grado salarial diferente. Hasta tanto se produzca la incorporación los servidores en los empleos equivalentes deberán seguir cumpliendo las funciones asignadas a los cargos que vienen desempeñando y continuarán percibiendo la remuneración señalada para el respectivo empleo. El Director General de la Unidad solicitará a la Comisión Nacional del Servicio Civil la actualización en el registro de Carrera de los Servidores con derechos de carrera cuyos empleos se suprimieron y fueron incorporados en empleos equivalentes, en desarrollo de lo previsto en el presente decreto.