Para efecto de completar los gastos indispensables del Ministerio de Guerra en los meses que faltan de la actual vigencia, autorizase al Gobierno para que, previo concepto favorable del Consejo de Ministros, haga traslados entre las distintas secciones del Presupuesto actual hasta por la suma de un millón quinientos noventa mil pesos ($ 1.590.000), que se tomaran así:
Dichos traslados se efectuaran con observancia de las normas prescritas para los traslados ordinarios en la Ley 64 de 1931 . Cada Ministro dirá cuales partidas de su respectivo presupuesto deben afectarse con los traslados, sin que puedan disminuirse en nada los artículos 207, 279 y 280 del presupuesto de Educación.