Micelio

Artículo 8.28.7

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Certificado de Compra: Cuando resulte adjudicado el bien o servicio del plan, el suscriptor podrá escogerlo libremente entre los proveedores que reúnan los términos y condiciones previstas en el contrato, para lo cual las SAPAC expedirán un certificado de compra en su beneficio y dirigido al proveedor. En los planes de cuota fija el certificado se expedirá por el valor acordado en el plan. En los planes de cuota variable el incremento en el precio del bien o servicio estará a cargo del suscriptor. Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 El suscriptor beneficiario o adjudicado podrá optar por el proveedor exclusivo y directo que le propongan las SAPAC o el que éste considere bajo las mejores ofertas del mercado, siempre y cuando se ajuste a los lineamientos de las SAPAC. En caso de que el proveedor sea una persona jurídica debe aportar un certificado de existencia y representación legal en el que conste la vigencia de Circular externa su registro mercantil y, una certificación de que tiene para disposición el bien o servicio que adquirirá el adjudicatario. En caso de que el proveedor sea una persona natural, debe aportar el documento que demuestre la propiedad del bien a vender y que se encuentra libre de limitaciones a la trasferencia de dominio. Lo anterior, sin perjuicio de que las SAPAC soliciten otros documentos para expedir el certificado de compra. No obstante, las SAPAC no adquirirán ninguna obligación frente al suscriptor del plan, en relación con el bien o servicio, ni con su entrega por parte del proveedor escogido por el suscriptor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Circular 100-000020 de 2026