Los nacionales colombianos por nacimiento o por adopción, podrán renunciar a la nacionalidad de manera voluntaria ante las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores o las oficinas consulares de Colombia en el exterior.
La presentación de la solicitud de renuncia no implica su concesión, por lo tanto, el Ministerio de Relaciones Exteriores evaluará y determinará la procedencia de la emisión del acta de renuncia a la nacionalidad colombiana, de conformidad con la respuesta brindada por las autoridades judiciales y las demás que considere pertinentes.