Micelio

Artículo 7

Ley 39 de 1940 · por la cual se ordena la construcción de obras de irrigación en el Valle del Cauca, en las tierras aptas para la agricultura y la ganadería.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Presupuesto de la vigencia próxima se apropiará una partida especial, no mayor de cien mil pesos ($ 100.000), para la formación de un fondo rotatorio en la forma que determine el Gobierno, y el cual se reinte­grará con las sumas que se recauden de las valorizaciones. Si tal partida no se apropiare, se tomará dicho fondo ro­tatorio de la cantidad que se incluya en el Presupuesto de rentas y gastos con destino a la irrigación y desecación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 39 de 1940