Artículo Doce. Todos los individuos o entidades que se dediquen al comercio de la quina están en la obligación de difundir públicamente por todos los medios propios del lugar, los precios a que se harán las compras., y los Alcaldes en los días de concurso público darán a conocer por bando el nombre de los compradores y los precios a que se harán las compras.
Decreto 1068 de 1943 →Vigente
Artículo 12
Decreto 1068 de 1943 · Por el cual se reglamentan la explotación y el comercio quina
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.