Micelio

Artículo 6

Ley 128 de 1941 · Por la cual se dictan algunas disposiciones económicas y se reviste el Presidente de la Republica de facultades extraordinarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Mientras dure la actual emergencia, y con el objeto de evitar indebidas especulaciones, podrá el Gobierno señalar precios máximos para la venta de materiales y mercancías que se encuentren en el caso previsto en el artículo 4º y para la venta de drogas y organizar el registro de las existencias de tales artículos en el país, determinando las sanciones en que incurran los infractores de los respectivos reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 128 de 1941