Micelio

Artículo 35

Ley 46 de 1923 · Sobre instrumentos negociables

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El endoso debe hacerse por todo el valor del instrumento. Un endoso que sólo se proponga transferir al endosatario una parte de la suma pagable o que se proponga transferir el instrumento a dos o más endosatarios separadamente, no equivale a una negociación del instrumento. Pero si éste ha sido pagado en parte, puede ser endosado por el resto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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