º. El presente Acuerdo rige desde la fecha en que el Contralor General de la República lo adopte mediante resolución y sea aprobado por decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., el 13 de diciembre de 1994. (Firmado). Luz Elena Saldarriaga Jaime Quessep Esguerra Presidente Secretario».
Decreto 2882 de 1994 →Vigente
Artículo 5
El Presente Acuerdo Rige Desde La Fecha En Que El Contralor General De La República Lo Adopte Mediante Resolución Y Sea Aprobado Por Decreto Del Gobierno Nacional Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 2882 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 006 de diciembre 13 de 1994, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.