Micelio

Artículo 4

º El Jefe Del Resguardo Queda Autorizado Para Hacer Que El Piloto Y Los Remeros, En Caso Necesario, Presten El Servicio De Guardas, Y Al Contrario, En Los Asuntos Urgentes

Decreto 519 de 1909 · Por el cual se crea un Cuerpo de Resguardo en las costas del Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Jefe del Resguardo queda autorizado para hacer que el Piloto y los Remeros, en caso necesario, presten el servicio de Guardas, y al contrario, en los asuntos urgentes. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 519 de 1909