º. Reubicación . Disponer la reubicación en el servicio exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, del personal diplomático de apoyo en los cargos Auxiliar de Misión Diplomática, Código 4850 en los grados 16, 18, 20, 23 y 26, ante la situación producida por el restablecimiento de relaciones diplomáticas y consulares con la República Bolivariana de Venezuela, de los Auxiliares de Misión Diplomática que prestaban sus servicios en ese país, sin perjuicio de que por necesidades del servicio pueda autorizarse la permanencia de algunos de ellos en territorio colombiano.
La fecha a partir de la cual se reubicarán los Auxiliares de Misión Diplomática, Código 4850 en los grados 16, 18, 20, 23 y 26 en la Misión Diplomática y Oficinas Consulares en la República Bolivariana de Venezuela estará en cabeza del Ministro de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Talento Humano, atendiendo sus necesidades y de conformidad con los perfiles requeridos para el ejercicio de las funciones en el servicio exterior.