Micelio

Artículo 31

Ley 11 de 1990 · por la cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Inspección, a través de las Secciones de Visitas para Sociedades Comerciales sometidas a régimen general, de Visitas de Entidades Especiales y de Revisión Contable, ejercer las siguientes funciones:

a)

Colaborar con el Superintendente Delegado en la elaboración del plan anual de visitas de inspección;

b)

Coordinar con el Superintendente Delegado la realización de las visitas;

c)

Dirigir la ejecución de las visitas que deben desarrollarse de acuerdo a las instrucciones que sobre la materia emita el Superintendente Delegado;

d)

Mantener informado al Superintendente o su Delegado sobre la situación de cada compañía cuya visita se ha realizado;

e)

Revisar las actuaciones relacionadas con las investigaciones administrativas que se inician en la Sección de Revisión Contable;

f)

Evaluar y proyectar con destino al área jurídica correspondiente los conceptos contables a que haya lugar con motivo de los descargos presentados por los interesados como consecuencia de una visita;

g)

Las demás que le asigne el Superintendente o su Delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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