✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 19. En la liquidación del Presupuesto de Gastos para el próximo bienio, se incluirá la partida necesaria para hacer los reconocimientos de deuda pública conforme á las leyes, y para su amortización en los términos de la presente.
Asimismo, se incluirán las partidas necesarias para hacer los reconocimientos definitivos de créditos por servicios prestados, con imputación á vigencias económicas espiradas.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.