Micelio

Artículo 5

Decreto 47 de 2002 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1052 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El artículo 49 del Decreto 1052 de 1998 quedará así: " Artículo 49. No aceptación del nombramiento. Se entiende que el particular renuncia a su designación como Curador Urbano en los siguientes casos: 1 Cuando no acepte expresamente y por escrito la designación hecha por el alcalde Municipal o Distrital. 2. Por el transcurso de treinta (30) días contados a partir de la designación, o del vencimiento del período del Curador Urbano a quien debe reemplazar, según el caso, sin que tome posesión de su cargo."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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