Micelio

Artículo 31

Decreto 1873 de 1996 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1986 y se dictan normas de ética profesional para los ingenieros electricistas, mecánicos y profesiones afines

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recepción y examen de la denuncia . Recibida una denuncia por el Consejo Nacional o por el Consejo Seccional al que corresponda la realización del procedimiento, ordenará los estudios y evaluaciones sobre la denuncia presentada con el fin de establecer si hay o no mérito para abrir un procedimiento de investigación ética contra el presunto infractor. Por escrito orden alfabético se designará y repartirá el conocimiento de la denuncia a uno de los miembros del Consejo, para que adelante el examen, evaluación y estudio de la denuncia presentada, con el apoyo del secretario y de los asesores externos que sean necesarios. El examen de la denuncia se realizará en un término no mayor de diez (10) días, prorrogables por una sola vez por cinco (5) días, durante los cuales se practicarán las pruebas que se consideren pertinentes y que conduzcan a la comprobación de los hechos, de conformidad con los medios probatorios previstos en las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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