Micelio

Artículo 4

Una Vez Finalizado El Procedimiento Liquidatorio, Todos Los Derechos Y Obligaciones Que Posea El Fondo Para La Reconstrucción Y Desarrollo Social Del Eje Cafetero Al Momento De Su Extinción, Se Radicarán En Cabeza De La Red De Solidaridad Social

Decreto 111 de 2002 · por el cual se suprime el Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Una vez finalizado el procedimiento liquidatorio, todos los derechos y obligaciones que posea el Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero al momento de su extinción, se radicarán en cabeza de la Red de Solidaridad Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 111 de 2002