Micelio

Artículo 8

º Cada Grado De La Educación Básica Primaria De Adultos Cursado En Forma Presencial, Y Para Efectos De Acreditación Y Promoción, Debe Tener Una Duración De Un Quimestre, Equivalente A Diecinueve (19) Semanas Laborales, Con Una Intensidad Semanal De Veinte (20) Períodos De Trabajo Educativo

Decreto 428 de 1986 · por el cual se establece el Plan de Estudios para la Educación Básica Primaria de Adultos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cada grado de la Educación Básica Primaria de Adultos cursado en forma presencial, y para efectos de acreditación y promoción, debe tener una duración de un quimestre, equivalente a diecinueve (19) semanas laborales, con una intensidad semanal de veinte (20) períodos de trabajo educativo. Cada período de trabajo educativo tiene una duración de cuarenta y cinco (45) minutos. El trabajo educativo comprende tanto el tratamiento de los contenidos teóricos como las actividades de investigación, afianzamiento y complementación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 428 de 1986