QUIENES CONCURREN. En el allanamiento intervendrán el juez o funcionario de instrucción, su secretario y las partes que quieran hacerlo. El funcionario podrá, además, asesorarse de peritos y miembros de la policía judicial. El propietario, arrendatario o encargado de la custodia del inmueble podrá asistir por sí o por medio de su representante y dejar constancia en el acta.
Decreto 2550 de 1988 →Vigente
Artículo 587
Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.