Micelio

Artículo 1

Ley 21 de 1878 · Que adiciona i reforma la 67 de 1876, que concede una recompensa al que limpie i perfeccione el canal del Dique de Cartajena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° La recompensa de noventa i seis mil pesos que la lei 67 de 1876 acordó en favor de la persona o compañía que limpie i perfeccione el canal del Dique de Cartajena, se entregará al Gobierno del Estado soberano de Bolívar, en el modo i términos prevenidos por el artículo 5.° de la citada lei, i por cuotas, que se contarán desde el mes de mayo próximo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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