Micelio

Artículo 26

Traslado De Recursos

Decreto 1291 de 1994 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Traslado de recursos. Los recursos de que trata el artículo anterior, serán trasladados por el Instituto Nacional de Salud al Instituto Nacional de Vigilancia Sanitaria de Medicamentos y Alimentos, una vez que el Gobierno Nacional determine la planta de personal v el estatuto interno de este último.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1291 de 1994