Autorícese al Gobierno nacional, a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, para asesorar y apoyar a la Gobernación de Santander y al municipio de Piedecuesta en la elaboración, tramitación, ejecución financiación de los proyectos de Patrimonio material, e inmaterial; de remodelación, recuperación y construcción de la infraestructura cultural e histórica del municipio de Piedecuesta, de conformidad con las normas vigentes.
Ley 2348 de 2024 →Vigente
Artículo 5
Ley 2348 de 2024 · por medio de la cual la nación declara Patrimonio Histórico y Cultural al municipio de Piedecuesta, departa¬mento de Santander y se reconocen los saberes ancestrales de los artesanos, creadores y gestores culturales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.