Micelio

Artículo 4

Ley 1859 de 2017 · por medio de la cual se declara patrimonio histórico, y cultural de la nación a la casa del Telegrafista en Aracataca, Magdalena, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizar al Gobierno nacional para efectuar las apropiaciones requeridas en el Presupuesto General de la Nación, con el fin de lograr la restauración, remodelación, mantenimiento, adecuación, dotación y funcionamiento permanente de la Casa del Telegrafista en Aracataca, Magdalena. De igual forma, la ejecución de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social e histórico:

a)

Restauración y recuperación de la fachada y demás estructuras de la casa que permitan proteger el patrimonio histórico allí contenido.

b)

Remodelación, adecuación y mantenimiento de la sede de la Casa del Telegrafista en Aracataca, Magdalena, con espacios destina-dos a exposiciones de los elementos culturales, sala de conferencias y talleres, y un espacio destinado a las oficinas administrativas.

c)

Las demás que se requieran y sean necesarias para lograr la conservación de la Casa del Telegrafista en Aracataca, Magdalena, como Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación.

Por otra parte, asignar recursos para:

a)

Dotación que permita la conservación adecuada de los elementos culturales su exposición al público y su seguridad.

b)

Asignación presupuestal para lograr el funcionamiento permanente de la Casa incluyendo las medidas de seguridad necesarias para conservar el Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación.

Parágrafo

Para efectos de la exposición al público, se deben recopilar los elementos históricos que se encuentran dispersos en la casa, organizarlos por temas y fechas y rotulándolos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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