Expedición de la licencia de concesión. Acreditado el pago de los derechos y contraprestaciones, el Ministerio de Comunicaciones contará con treinta (30) días para expedir mediante resolución motivada la licencia de concesión para la prestación del Servicio de Radiodifusión Sonora de Interés Público, para la instalación y operación de la emisora y para el uso del espectro radioeléctrico.
El concesionario deberá instalar e iniciar las operaciones de la emisora dentro de los seis (6) meses siguientes a partir de la fecha de ejecutoriado el acto administrativo que autoriza la instalación de la estación y el inicio de su funcionamiento, prorrogables por una sola vez.