Micelio

Artículo 10

El Contador-Habilitado De Escuelas Vocacionales Queda En La Obligación De Rendir Mensualmente A La Contraloría General De La República Las Cuentas Que Hayan Afectado A Este Fondo E Informar A La Misma Sobre El Estado Bancario En Que Él Se Encuentre

Decreto 306 de 1945 · Por el cual se crea el Fondo Rotatorio de las Escuelas Vocacionales o de Trabajo Agrario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Contador-Habilitado de Escuelas Vocacionales queda en la obligación de rendir mensualmente a la Contraloría General de la República las cuentas que hayan afectado a este Fondo e informar a la misma sobre el estado bancario en que él se encuentre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 306 de 1945