°. La Empresa Nacional de Radiocomunicaciones tendrá una organización autónoma y su objeto será la prestación de los servicios públicos de radiocomunicaciones y telefonía. Podrá extenderse a otros servicios de comunicaciones cuando así lo disponga el Ejecutivo Nacional.
Decreto 247 de 1946 →Vigente
Artículo 1
La Empresa Nacional De Radiocomunicaciones Tendrá Una Organización Autónoma Y Su Objeto Será La Prestación De Los Servicios Públicos De Radiocomunicaciones Y Telefonía
Decreto 247 de 1946 · reglamentario de la Ley 83 de 1945, “por la cual se organiza la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones.”
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.