La Corte, en la sentencia en que falle el recurso, examinara en orden lógico y con la separación debida las causales en que se funda el recurso y los motivos en que se apoya cada causal. Si encontrare justificado un motivo de casación, comprensivo de todo el fallo, anulara este sin necesidad de entrar en consideraciones acerca de otros motivos.
Sino encontrare justificada ninguna causal, declara que no es el caso de informar el fallo material del recurso, y devolver a el expediente al Tribunal de su origen.