Micelio

Artículo 4

Ley 85 de 1960 · Por la cual se auxilia a la Universidad Tecnológica de Pereira

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facultase al Gobierno Nacional para que, después de sancionada la presente Ley, proceda a abrir los créditos necesarios o hacer los respectivos traslados en el Presupuesto Nacional para cumplir lo que por esta disposición se ordena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 85 de 1960