Micelio

Artículo 61

Las Sanciones Disciplinarias Se Aplicarán Dentro De Los Límites Señalados En Este Título, Teniendo En Cuenta La Gravedad, Modalidades Y Circunstancias De La Falta, Los Motivos Determinantes Y Los Antecedentes Personales Y Profesionales Del Infractor Y Sin Perjuicio De Las Acciones Y Sanciones Civiles Y Penales A Que Hubiere Lugar

Decreto 196 de 1971 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sanciones disciplinarias se aplicarán dentro de los límites señalados en este Título, teniendo en cuenta la gravedad, modalidades y circunstancias de la falta, los motivos determinantes y los antecedentes personales y profesionales del infractor y sin perjuicio de las acciones y sanciones civiles y penales a que hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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