° Con cargo al mismo artículo 247, capítulo 45, del Presupuesto vigente, destínansé las cantidades que a continuación se expresan, para auxiliar la construcción de las siguientes. Colonias Escolares: Arcabuco (Boyacá) $ 10,000.00 Coconuco (Cauca) 7,000.00 Jamay (Valle) 10,000.00 Medellín (Antioquia) 7,000.00 Pitalito (Huila) 7,000.00 Sierra Nevada (Magdalena) 15,000.00 Total $ 56,000.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 82 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Con Cargo Al Mismo Artículo 247, Capítulo 45, Del Presupuesto Vigente, Destínansé Las Cantidades Que A Continuación Se Expresan, Para Auxiliar La Construcción De Las Siguientes
Decreto 82 de 1938 · Por el cual se destinan unas partidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.