Micelio

Artículo 5

El Director Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República Designará El Personal Que Considere Conveniente Para Desempeñar Las Funciones Administrativas Del Fondo De Solidaridad Y Emergencia Social

Decreto 281 de 1992 · por el cual se crea el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República designará el personal que considere conveniente para desempeñar las funciones administrativas del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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Artículo 5 · Decreto 281/92 — Micelio