Micelio

Artículo 6

º

Decreto 117 de 1948 · por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1947.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los "Certificados de Oro" son negociables libremente y el Banco de la República los comprará pagando su valor en dólares dentro de los sesenta (60) días siguientes a su expedición, siempre que el tenedor acredite con la respectiva licencia de importación que destinará su valor al pago de mercancías que vaya a introducir. Pasado este plazo solo serán convertibles a moneda corriente al tipo de cambio fijado para compras de dólares por el Banco de la República en el día del vencimiento. Los "certificados de Oro" podrán ser fraccionados para facilitar las negociaciones que necesiten hacer sus titulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 117 de 1948