º . Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el
Parágrafo transitorio
del Artículo 36 del Decreto 2685 de 1999, adicionado por el Artículo 7º del Decreto 1232 de 2001.
Decreto 778 de 2003 · por el cual se modifica parcialmente el Artículo 36 del Decreto 2685 de 1999.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º . Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el
del Artículo 36 del Decreto 2685 de 1999, adicionado por el Artículo 7º del Decreto 1232 de 2001.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.