Micelio

Artículo 2

Decreto 778 de 2003 · por el cual se modifica parcialmente el Artículo 36 del Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el

Parágrafo transitorio

del Artículo 36 del Decreto 2685 de 1999, adicionado por el Artículo 7º del Decreto 1232 de 2001.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 778 de 2003