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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1981: Contracreditos Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 1211 de 1981 · Por el cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal del 1981 (Ministerios de Gobierno y Desarrollo Económico; y Registraduría Nacional del Estado Civil) por $ 1.497.000

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981: CONTRACREDITOS Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Gobierno. CAPITULO 2 Desarrollo Comunal. Gastos Generales. 118 41 12. Artículo1021. Arrendamiento $ 300.000 Ministerio de Desarrollo Económico. CAPITULO 2 Industria y Comercio. Gastos Generales. 261 60 12. Artículo2325. Devoluciones Fiscales $120.000 Registraduría Nacional del Estado Civil. CAPITULO 1 Registraduría Nacional del Estado Civil -Cedulación- Servicios Personales. 121 18 11. Artículo 285. Remuneración Servicios Técnicos. 1.077.000 Suman los Contracréditos $ 1.497.000. CREDITOS Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Gobierno. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios Personales. 121 9 11. Artículo 1003. Bonificación por Servicios Prestados $88.000 CAPITULO 2 Desarrollo Comunal. 113 9 11. Artículo 1006. Bonificación por Servicios Prestados $212.000 Ministerio de Desarrollo Económico. CAPITULO 2 Industria y Comercio. Servicios Personales. 261 9 11. Artículo 2303. Bonificación por Servicios Prestados $120.000. Registraduría Nacional del Estado Civil. CAPITULO 1 Registraduría Nacional del Estado Civil. --Cedulación-- Servicios Personales. 121 9 11. Artículo 3276. Bonificación por Servicios Prestados $501.000 CAPITULO 2 Registraduría Nacional del Estado Civil. -Menores- Servicios Personales. 121 9 11. Artículo 3276 Bonificación por Servicios Prestados $576.000 Suman les créditos $1.497.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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