El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y quedan suspendidas las Leyes 354 de 1929, 67 de 1935, el inciso d) del artículo 1º. de la Ley 84 y las demás disposiciones contrarias al presente Decreto.
Decreto 279 de 1953 →Inexequible
Artículo 18
El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición, Y Quedan Suspendidas Las Leyes 354 De 1929, 67 De 1935, El Inciso D) Del Artículo 1º
Decreto 279 de 1953 · Por el cual se reglamenta el ejercicio de la medicina y de la odontología
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.