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Artículo 1

Acto_legislativo 3 de 2007 · ACTO LEGISLATIVO 3 DE 2007, 29/10/2007, Por medio del cual se modifica el artículo 323 de la Constitución Política

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inciso 1º del artículo 323 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 323. El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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