Micelio

Artículo 2

El Ministerio De Educación Nacional, Al Hacer Las Adjudicaciones De Las Becas, Deberá Tener En Cuenta Lo Ordenado Por La Ley Citada En Los Parágrafos 2o

Decreto 298 de 1929 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTICULO 10 DE LA LEY 94 DE 1927

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Ministerio de Educación Nacional, al hacer las adjudicaciones de las becas, deberá tener en cuenta lo ordenado por la ley citada en los

Parágrafo

s 2o. y 3o .del artículo 10. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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