°. El Ministerio de Educación Nacional, al hacer las adjudicaciones de las becas, deberá tener en cuenta lo ordenado por la ley citada en los
Parágrafo
s 2o. y 3o .del artículo 10. Comuníquese y publíquese.
El Ministerio De Educación Nacional, Al Hacer Las Adjudicaciones De Las Becas, Deberá Tener En Cuenta Lo Ordenado Por La Ley Citada En Los Parágrafos 2o
Decreto 298 de 1929 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTICULO 10 DE LA LEY 94 DE 1927
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El Ministerio de Educación Nacional, al hacer las adjudicaciones de las becas, deberá tener en cuenta lo ordenado por la ley citada en los
s 2o. y 3o .del artículo 10. Comuníquese y publíquese.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.