Micelio

Artículo 88

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las mesas de votación y los jurados. El Jefe de la División de Recursos Humanos, determinará el número suficiente y la ubicación precisa de las mesas de votación, que se van a utilizar en la Procuraduría General de la Nación. En cada mesa de votación habrá un jurado compuesto por tres (3) empleados.

Parágrafo

Los empleados públicos designados para conformar el jurado de votación serán los siguientes

1.

Un (I) representante del Procurador General.

2.

Un (1) representante de la División de Recursos Humanos.

3.

Un (1) representante designado por los candidatos legalmente inscritos. No podrán actuar como jurados de votación quienes están incluidos en la lista de candidatas, ni quienes tengan personal a cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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