Micelio

Artículo 5

Obligaciones De Los Padres Y De Las Personas Responsables De Los Niños, Niñas O Adolescentes Menores De 14 Años

Decreto 860 de 2010 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1098 de 2006.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Obligaciones de los padres y de las personas responsables de los niños, niñas o adolescentes menores de 14 años. Las obligaciones de los padres y de las personas responsables con relación a los procesos que se adelanten por infracciones a la ley penal cometidas por niños, niñas o adolescentes menores de 14 años son las siguientes

1.

Acompañar moral y afectivamente, durante el proceso que se adelante al niño, niña o adolescente menor de 14 años.

2.

Entregar el registro civil del niño, niña o adolescente menor de 14 años y los demás documentos requeridos por la autoridad competente.

3.

Supervisar la conducta del niño, niña o adolescente durante el proceso que se adelante, velando que las medidas adoptadas se cumplan cabal y debidamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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