Artículo tercero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal. MINISTERIO DE EDUACACION NACIONAL CAPITULO 101 División de Normales y Educación Primaria. A1a. Del artículo 1521. Para compra de material de enseñanza con destino a las Escuelas Públicas Primarias Oficiales, empaques, transportes, jornales, aseguros y demás gastos generales de este servicio, en el año $50.000.00 CAPITULO 108. Auxilios Departamento del Cauca. E3I. Del artículo 2232. Para auxiliar a la Escuela Alternada, de Las Palmas, Vereda de Paleterá, Municipio de Puracé (construcción) 20.000.00 CAPITULO 109. Construcciones, adiciones y mejoras . C1e (a, c). Del artículo.2504. Para atender a la construcción, reparaciones, adiciones y mejoras de edificios, con destino a establecimientos de educación en el país, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos, establecimientos y otras construcciones, Según, distribución que hará el Gobierno, conforme a leyes preexistentes y a las necesidades del servicio, en el año 100.000.00 Suman los contracréditos 170.000.00 CAPITULO 96. Ministerio, personal y material. C1a (b). Al artículo 1222. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de vehículos, en la presente vigencia y anteriores 10.000.00 C1a (a). Al artículo 1224. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina, en el año 10.000.00 Ala. Al artículo 1226. Para útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste, en el año 10.000.00 A1a. Al artículo 1234. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos no contemplados en los artículos precedentes; en la presente vigencia y anteriores 37.000.00 CAPITULO 98. Calzado y uniforme escolar. C1o (a). Al artículo 1238. Para jornales; transportes, compra de repuestos, maquinaria, herramientas, materiales de producción, imprevistos, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, drogas, reparaciones y sostenimiento en general del equipo, gastos que demanden los almacenes; y para incrementar el Fondo Rotatorio del mismo, en el año 4.000.00 CAPITULO 102. División de Educación Femenina. A2a, Ala, Al artículo 1651-A. Para sueldos y sostenimiento en general del Colegio de Santa Clara, de Almaguer (Contrato de nacionalización, de 29 de octubre de 1954) 26.000.00 CAPITULO 105. División de Coordinación Universitaria y Alta Cultura B211. Al artículo 52024. Aporte para el sostenimiento de 1a Universidad Pedagógica; de Colombia. (Decretos legislativos 2655 de 1953 y 1423 de 1954), Sección Femenina, con sede en la ciudad de Bogotá. (Decreto legislativo 547 de 1954), en el año 50.000.00 CAPITULO 105. Auxilios Departamento del Cauca. B3I Al artículo 2330-A. Para-auxiliar, a la Basílica de Popayán,(Artículo primero de este Decretó legislativo (número 2168) 20.000.00 Departamento de Cundinamarca. B3I. Al artículo 2319-.A; Para .auxiliar al Colegio de Nuestra Señora del Rosario, de Funza Hermanas Terciarias Dominicas (artículo primero de este Decreto legislativo (número 2168) 3.000.00 Suman los créditos $170.000.00
Decreto 2168 de 1955 →Vigente
Artículo 1521
Para Compra De Material De Enseñanza Con Destino A Las Escuelas Públicas Primarias Oficiales, Empaques, Transportes, Jornales, Aseguros Y Demás Gastos Generales De Este Servicio, En El Año $50
Decreto 2168 de 1955 · Por el cual se conceden unos auxilios por una sola vez, se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso.(Ministerio de Educación Nacional), y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.