Micelio

Artículo 2.2.3.5.5

Intereses De Mora

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Intereses de mora. El pago de los aportes faltantes a la cotización al Sistema General de Pensiones que no se haya efectuado antes del 1 de junio de 2024, generará un interés moratorio de que trata el artículo 23 de la Ley 100 de 1993, a partir de esa fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1833 de 2016