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Artículo 6

Funciones Del Comité Directivo De Foncultura

Ley 2070 de 2020 · POR LA CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA LA REACTIVACIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL SECTOR CULTURA, SE CREA EL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL PATRIMONIO, LA CULTURA, LAS ARTES Y LA CREATIVIDADFONCULTURA y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Comité Directivo del Fondo para la Promoción del Patrimonio la Cultura, las Artes y la Creatividad -FOI\JCULTURA las siguientes:

1.

Impartir lineamientos y orientar el diseño de procedimientos adecuados para el manejo de los recursos del Fondo para la Promoción del Patrimonio la Cultura, las Artes y la Creatividad -FONCULTURA.

2.

Autorizar los montos y topes de los proyectos presentados al Fondo Mixto Nacional de Promoción de la Cultura y las Artes "Colombia Crea Talento" para su correspondiente financiación con recursos de FOI\JCULTURA y/o privados.

3.

Autorizar la creación de subcuentas para la incorporación de recursos y fuentes de financiación que tengan por objeto la promoción de la cultura, las artes, el patrimonio y la creatividad.

4.

Autorizar el traslado presupuestal de recursos entre las subcuentas existentes de acuerdo con las necesidades que requiera FONCULTURA previa aprobación técnica del Comité de Promoción del Patrimonio, la Cultura, las Artes y la Creatividad.

5.

Aprobar las líneas de reinversión de los rendimientos financieros de FONCULTURA.

6.

Expedir y adoptar su propio reglamento.

7.

Velar por la correcta y eficiente gestión del fondo por parte de la entidad administradora.

8.

Orientar, estimular y divulgar la presentación de proyectos que promocionen la cultura, las artes y la creatividad en todo el territorio nacional, compatibles con lo dispuesto en la presente ley.

9.

Evaluar periódicamente la gestión administrativa y contable del Fondo para la Promoción del Patrimonio, la Cultura, las Artes y la Creatividad FONCULTURA.

Parágrafo

Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité Directivo podrá conformar comités técnicos de trabajo, integrados por representantes de las entidades que la integran, los cuales estarán bajo la supervisión del Comité Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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