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Artículo 89

Requisitos Para La Suscripción Del Plan De Internacionalización Y Anual De Ventas

Decreto 2147 de 2016 · por el cual se modifica el régimen de zonas francas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para la suscripción del plan de internacionalización y anual de ventas. La solicitud de suscripción del plan de internacionalización y anual de ventas deberá presentarse al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo por el representante legal del usuario industrial, estar acompañada y reunir los documentos y requisitos que se relacionan a continuación

1.

Identificación del usuario industrial, así como de las zonas francas en las cuales se encuentra calificado o autorizado según corresponda y su respectiva localiza­ción.

2.

Acreditación de las facultades del representante legal para suscribir la solicitud del plan de internacionalización y anual de ventas.

3.

Solicitud para la suscripción del plan de internacionalización y anual de ventas. En el evento de requerir la suscripción del plan sobre el año gravable 2024 la solicitud deberá presentarse, a más tardar, el treinta (30) de junio del mismo año. Para los años gravables 2025 y siguientes, la solicitud deberá presentarse, a más tardar, el treinta (30) de septiembre del año gravable anterior de aquel en el cual se pretende aplicar la tarifa diferencial comprendida en el numeral 1 del artículo 240-1 del Estatuto Tributario.

4.

Resumen ejecutivo del plan de internacionalización y anual de ventas en donde se presente la descripción general, objetivos, metas e ingresos estimados por la exportación de bienes y/o servicios, por las ventas al territorio aduanero nacional y por los ingresos diferentes al desarrollo de su actividad para la cual fue autori­zado, reconocido o calificado.

5.

Proyección de la totalidad de ingresos estimados para el año gravable corres­pondiente, en la que se desagreguen los ingresos por la exportación de bienes y/o servicios expresados en dólares FOB, los ingresos por concepto de ventas al territorio aduanero nacional y aquellos ingresos diferentes al desarrollo de su actividad, para la cual fue autorizado, reconocido o calificado, de conformidad con lo indicado en el siguiente cuadro: Concepto Ingresos Estimados Porcentaje Ingresos provenientes de la exportación de bienes y/o servicios Ingresos por operaciones en el territorio aduanero nacional Ingresos diferentes al desarrollo de la actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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